Cataluña pone en marcha nuevas ayudas a la rehabilitación de edificios

Cataluña pone en marcha nuevas ayudas a la rehabilitación de edificios

El Programa PREE 5000, con 5,5 millones de presupuesto, ya permite recibir solicitudes

Cataluña activa nuevas ayudas a la rehabilitación de edificios, bajo el marco del Programa PREE 5000.

La cuantía de las ayudas anunciadas por el Instituto Catalán de la Energía asciende a 5,5 millones de euros, y están dirigidas a edificios existentes de todos los usos. Ahora bien, las actuaciones subvencionables deben cumplir unas condiciones, entre las que destacan conseguir una reducción del consumo de energía primaria no renovable del 30%.

Repasamos algunas claves de estas subvenciones a la rehabilitación de edificios que ya son una realidad en la región:

Cuándo se puede solicitar y dónde

Las subvenciones fueron convocadas por la Resolución ACC/344/2022, de 16 de febrero, aunque el plazo de solicitud de las ayudas arrancó el pasado 22 de febrero de 2022 y se mantendrá abierto hasta que se agote el presupuesto de 5,574 millones de euros o, en su defecto, hasta el 31 de diciembre de 2023.

Los destinatarios interesados en recibir las ayudas pueden presentar su solicitud de forma telemática, mediante firma digital, a través de la página web de la Generalitat catalana. Las solicitudes serán atendidas por orden de presentación.

El programa de ayuda convocado

Según recuerda la Asociación Española de Fabricantes de Fachadas Ligeras y Ventanas (ASEFAVE), el Programa PREE 5000 se enmarca en el Plan de recuperación, transformación y resiliencia del Gobierno y en la Estrategia nacional de reto demográfico, con el fin de apoyar a la rehabilitación energética en edificios residenciales y no residenciales mediante mejoras de la eficiencia energética y la incorporación de energías renovables. Las ayudas se dirigen a edificios existentes construidos antes de 2007 en municipios y núcleos de menos de 5.000 habitantes.

“Estas ayudas presentan una oportunidad para aquellos propietarios que realicen rehabilitaciones integrales o reformas para la mejora de su eficiencia energética del edificio, que busquen reducir el consumo energético, mejorar el aislamiento y el consumo de calefacción y refrigeración, o la protección contra incendios, entre otros”, afirma ASEFAVE.

Se presta especial atención a las actuaciones en la envolvente térmica, por ejemplo, fachadas, protecciones solares y ventanas.

Objetivos y requisitos

Las ayudas están dirigidas a edificios completos existentes (opción A del programa) y a todos los usos de edificios; vivienda unifamiliar, edificios de residencia colectiva y edificios con cualquier otro uso, como administrativo, sanitario, docente o cultural, que estén ubicados en cualquiera de los municipios de reto demográfico en Cataluña. En cuanto a la tipología de las actuaciones, las ayudas se podrán solicitar tanto para la mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica como para la mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria.

Como requisito técnico imprescindible, las actuaciones subvencionables deberán conseguir, de forma justificada, una reducción del consumo de energía primaria no renovable del 30% respecto a la situación de partida. Para ello se requerirá la presentación del certificado de eficiencia energética del edificio existente antes de la actuación y el certificado de eficiencia energética del edificio acabado una vez finalizada la rehabilitación.

Además, la clasificación energética del edificio deberá mejorarse, como mínimo, en una letra con respecto a la clasificación inicial del edificio en la escala de emisiones de dióxido de carbono por año.

Importes y otras especificaciones

El coste elegible mínimo de las actuaciones será de 10.000 euros sin IVA. Y las actuaciones de rehabilitación deberán comenzar después de la solicitud de la ayuda y realizarse en un plazo de ejecución máximo de 18 meses desde la resolución de la concesión de la ayuda. Y según explica la Generalitat, “la notificación de la resolución por parte de la administración se puede alargar hasta 6 meses a contar desde la solicitud”.

Los costes relativos a la ejecución de la actuación que hayan sido facturados con anterioridad no serán elegibles, con excepción de los costes correspondientes a actuaciones preparatorias necesarias para presentar la solicitud, como el proyecto, memorias técnicas o certificados, entre otros, si estas se han iniciado después del 5 de agosto de 2021, fecha en la que entró en vigor el programa.

Las ayudas las pueden solicitar personas físicas, jurídicas, comunidades de propietarios e incluso entes públicos.

Compatible con otras ayudas

El Gobierno regional explica que “las ayudas otorgadas en el ámbito de este Real Decreto son compatibles con cualquier otra ayuda de otros programas o instrumentos de cualesquiera administraciones públicas u organismos o entes públicos, nacionales o internacionales, particularmente de la Unión Europea, en tanto que esta ayuda no cubra los mismos costes y que, de forma acumulada, no se superen los límites establecidos por el Reglamento (UE) nº 651/2014, para aquellos destinatarios finales que sean empresas o realicen alguna actividad económica, por lo ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.

En el caso del Consorci Metropolità de l’Habitatge (CMH), la Generalitat recalca que:

  • El objetivo es subvencionar el proceso de toma de decisiones de la comunidad de propietarios, dotándolo de perspectiva técnica e integrando información sobre los diferentes instrumentos públicos de apoyo, con el objetivo de conseguir rehabilitaciones más ambiciosas y de mayor calidad desde el punto de vista de la sostenibilidad
  • Se pretende incentivar que, de una actuación de rehabilitación reactiva y parcial, se pase a una actuación proactiva e integral.
  • Cubre el 100% de los honorarios de redacción del proyecto técnico y de los honorarios del administrador de fincas por organización de reuniones específicas, hasta un 8% del PEM del proyecto, siempre que se cumplan los requisitos de la guía metodológica.
  • En este caso, no se podrá solicitar de nuevo ayuda por este concepto en el programa precie del ICAEN.

Más información

En la web de la Generalitat hay un apartado específico de preguntas frecuentes sobre este programa de ayudas, así como información con manuales de ayuda y la posibilidad de enviar preguntas por correo electrónico. Además, tiene un vídeo sobre este programa concreto:

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